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Si a pesar de la cancelación del REPSE los empresarios continúan brindando servicios especializados, corren el riesgo de ser sancionados en términos del numeral 1004-C de la LFT; esto es, con una multa que va de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) ,actualmente de $ 217,140.00 a $ 5’428,500.00.
Los supuestos en que los empleadores pueden ser sancionados son:
- Prestar servicios de subcontratación especializada sin contar con el registro ante REPSE, y
- beneficiarse de los servicios de un contratista que no esté registrado ante la STPS.